En marcha el Sistema de Identificación Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC)

El Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, en colaboración con las Diputaciones Forales, ha puesto en marcha el Sistema de Identificación Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

El SIGPAC sustituye al catastro como referencia para solicitar las ayudas comunitarias, y sólo con esa finalidad. Las modificaciones que se puedan realizar por este sistema no son modificaciones catastrales, ni afectan al derecho de propiedad. El SIGPAC ha sido elaborado a partir de fotos aéreas (ortofoto digital) a escala 1:5.000, de la delimitación de las parcelas del catastro de rústica, y la fotointerpretación de usos de suelo para la creación de recintos. INFORMACIÓN RECOGIDA El SIGPAC crea como elemento nuevo el recinto, que es la superficie continua de terreno, dentro de una parcela, con un mismo uso agrícola. Por tanto, en cada parcela puede haber uno o varios recintos. La identificación de cada uno se hace en base a cinco elementos: territorio Histórico, Municipio, Polígono, Parcela y número de recinto SIGPAC. También se incorpora, para los recintos arables, la información relativa a régimen de explotación (secano-regadío) extraída directamente del catastro de rústica. El SIGPAC, que se debe aplicar a partir del pasado uno mes de febrero, afecta a todas las ayudas comunitarias ligadas a la superficie, tales como cultivos herbáceos, frutos secos, agroambientales, cese anticipado de actividad agraria, planes de mejora, primera instalación, forestación de tierras agrarias, indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, primas ganaderas, etc. CONSULTAS El SIGPAC se puede consultar en las Oficinas Comarcales Agrarias y también a través de un visor cartográfico disponible en internet (www.nasdap.ejgv.euskadi.net), mediante un sistema de búsqueda basado en los datos de municipio, polígono y parcela. Este visor proporciona la información gráfica de la parcela y todos los datos asociados a ella. PROPUESTAS Y ALEGACIONES Las alegaciones o propuestas de cambios de datos se regularán en base a una Orden del Consejero de Agricultura y Pesca del Gobierno vasco, por la que se someten a información pública los datos contenidos en el SIGPAC. El plazo será de dos meses a partir de la publicación de esta Orden. Durante este período, los interesados que no estén de acuerdo con los datos que figuran en el SIGPAC sobre sus parcelas podrán presentar un escrito a la Dirección de Agricultura y ganadería del Gobierno vasco, conforme al modelo que se facilite al efecto.

Fuente: Sustrai
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