Los titulares de los cotos serán responsables de los accidentes de tráfico cuando éstos se produzcan por la acción de la caza

La responsabilidad en los cotos se restringe a estas ocasiones.

A partir de la entrada en vigor de la corrección de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la responsabilidad en los cotos en caso de accidentes de tráfico solo podrá exigirse cuando éste sea producto de la acción de cazar. De esta forma se consigue la eliminación de una injusticia que los cazadores estaban sufriendo y que amenazaban de manera inmediata la existencia de miles de cotos, la inmensa mayoría con sociedades locales como titulares.

Fuente: El Día de Valladolid
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